Sexuality Policy Watch [ES]

Tabasco discrimina con nueva legislación sobre gestación subrogada

Las reformas publicadas por el congreso de Tabasco en materia de reproducción asistida y gestación subrogada violan el derecho a la no discriminación, reconocido y protegido por el artículo 1 de la Constitución y por diversos tratados internacionales sobre derechos humanos suscritos por México. Afectan principalmente a mujeres gestantes, parejas del mismo sexo, personas solteras que deseen ser padre o madre y de extranjeros.

Las organizaciones firmantes reconocemos que debido a la cantidad de personas que requieren los servicios de reproducción humana asistida en Tabasco, resultaba imperativo legislar en la materia; sin embargo, haber establecido que sólo se permite a los cónyuges o concubinos la inseminación o fecundación asistida resulta discriminatorio contra las parejas del mismo sexo y las personas solteras que deseen ser padres, violando con ello también el derecho a fundar una familia, protegido por el artículo 23 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el artículo 10 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el artículo 17 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Asimismo, otro de los requisitos establece que los beneficiarios deberán ser ciudadanos mexicanos, lo cual también resulta discriminatorio porque el acceso a estas técnicas no debería limitarse por razones de residencia y nacionalidad.

Aunque los padres contratantes quedaron obligados a garantizar una póliza de gastos médicos mayores a la gestante sustituta o subrogada, no se dejó expreso que también deberán procurar alimentación  y los insumos necesarios para que se pueda procurar su bienestar y el sano desarrollo del producto de la fecundación durante el periodo gestacional.

Esta ley es contraria a los precedentes establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre los derechos de las personas a fundar una familia y al libre desarrollo de la personalidad, así como lo establecido por la CNDH en su recomendación general sobre matrimonio igualitario en diciembre de 2015.

En el marco internacional la sentencia de la Corte Interamericana en el caso Artavia Murillo y otros vs. Costa Rica ha establecido el derecho a fundar una familia; asimismo en el caso Atala Riffo y Niñas vs. Chile sostuvo que la orientación sexual no puede ser utilizada como pretexto para negar o restringir derechos, ambas resoluciones implican que la regulación sobre reproducción asistida y gestación subrogada sean acordes al marco de derechos humanos.

Exigimos a los legisladores de Tabasco que rectifiquen y asuman su responsabilidad para guardar la el marco constitucional y proteger los derechos humanos de todas las personas.

Organizaciones firmantes:

Altarte A.C.

Fundación Arcoíris

Humana, Nación Trans

Identidad Diversidad Legalidad Buró Legal

Red de Madres Lesbianas en México

Sociedad Mexicana de Salud Pública

Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE)

 

Para mayor información, comunicarse con Georgina Montalvo gmontalvo@giremx.org.mx o al 5658 6684 Ext. 253

Fuente: https://pt.scribd.com/doc/296618986/Tabasco-discrimina-con-nueva-legislacion-sobre-Gestacion-Subrogada#download 



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