Sexuality Policy Watch [ES]

El Derecho al aborto en Latinoamérica: novedades significativas en el campo legislativo

Desde Uruguay y Chile llegan buenas noticias respecto a la garantía y la promoción del derecho al aborto para las mujeres. En Uruguay un proyecto de ley ha sido presentado al Congreso Nacional con el objeto de eliminar el llamado “tribunal de inquisición”, expresión utilizada para referirse al equipo de profesionales a la que cada mujer tiene que entrevistarse cuando decide a interrumpir el embarazo. Este mecanismo que obliga a la mujer a reportar sobre su decisión está previsto en la Ley de Interrupción Voluntaria del Embrazo de 2012 por fuerza de la presión ejercida por grupos conservadores. Y desde entonces ha sido el blanco de las críticas de los movimientos feministas por representar un claro obstáculo a la elección libre y personal de la mujer.

En Uruguay la muerte de una joven de 21 años, en febrero de este año, por complicaciones resultantes de un aborto clandestino tuvo mucha repercusión. Lo que eso puso en gran evidencia las barreras al acceso a los servicios de aborto legal en el país. Entre las barreras que se levantaron se menciona desde la objeción de conciencia de profesionales de salud hasta la ausencia de recursos humanos para formar dichos “tribunales de inquisición”. Organizaciones feministas uruguayas han analisado de modo contundente este contexto adverso post la reforma legal de 2012. Lilián Abracinskas, directora de Mujer y Salud en Uruguay (MYSU), afirma que “es un absurdo” el inclumplimiento de los plazos establecidos en la ley y además que no se atienda a quienes superan el plazo de las doce semanas:

Ese fue uno de los factores que incidió en el caso de la mujer que falleció trás someterse a un aborto clandestino. Una vez recibida la consulta para interrumpir un embarazo muchos centros de salud demoran en conformar el equipo requerido por la ley. A veces esa es la razón por la que se supera el tope de las 12 semanas que la norma impone. El mecanismo no está captando a todas las mujeres que necesitan del servicio. Por otra parte, comentó, la falta de información o el contexto en el que el sistema recibe a las mujeres que requieren el servicio genera miedo y así se configuran las condiciones que expulsan hacia el sistema de abortos clandestinos. (Para más información acceder al sitio de MYSU).

El nuevo proyecto de ley establece que la mujer se entreviste solamente con el ginecólogo/ginecóloga sobre su intención de abortar y que el proceso sea exhento de influencia de terceras personas además de prohibir que al médico se le permita el poder de negar o autorizar la interrupción del embarazo.

En Chile, a su vez, hubo una victoria importante. Após décadas de debate y lucha contra una legislación draconiana que prohibía el aborto bajo cualquier circunstancia, la Cámara de Diputados ha aprobado un proyecto que legaliza la interrupción en los casos de riesgo de muerte de la mujer embarazada, por mala formación fetal y por embarazo resultante de violación. De todos modos el texto aún va a ser sometido al Senado. Aunque la aprovación preliminar haya sido celebrada como un éxito, las organizaciones feministas y aliados observan que el proyecto tiene limitaciones. Según un documento firmado por várias instituciones, académicos/as y personalidades públicas[1]:

También destacamos que en la prestación de salud, el acompañamiento a la mujer sea voluntario y se deba respetar su decisión, sin intentar disuadirla, la atención que se deriva de la decisión de la mujer sea incorporada en las políticas y programas sociales y de salud existentes en la institucionalidad pública. Además, respecto de la objeción de conciencia, se establece que esta potestad recae exclusivamente en médicos y médicas, siendo de carácter individual. Sin embargo, hay algunas materias en las que el proyecto de ley aprobado por la Cámara no respeta la voluntad de mujeres, adolescentes y niñas, y se afecta su posibilidad de acceder a una interrupción del embarazo en razón de alguna de las causales. Algunas de ellas son la mantención de la obligación de denunciar a las mujeres que sufren complicaciones derivadas de un aborto sin que prime expresamente el deber de confidencialidad; la obligación de denuncia por parte del centro de salud en el caso de invocarse la causal de violación, y los plazos limitados en el caso de la causal de violación, especialmente tratándose de menores de edad. Esperamos que estas falencias sean corregidas en el segundo trámite constitucional y que el Senado ponga los derechos humanos de las mujeres al centro de la discusión, respondiendo a lo expresado por las mujeres y la ciudadanía.

Mientras tanto la alianza conservadora – contraria al aborto – actúa en el Congreso y en la sociedad para refrenar este proceso y anunció que va a recurrir al Tribunal Constitucional para impedir el derecho al aborto. Pero esa demanda de los grupos conservadores no corresponde a la opinión pública encuestas han demostrado que 70% de los/las chilenos/as están de acuerdo con la ley aprobada en la Cámara de Diputados.

Haga clic aquí para asistir  un nuevo vídeo sobre la reforma del aborto el Uruguay

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[1] Corporación Humanas, Amnistía Internacional Chile, Asociación Chilena de Protección de la Familia (APROFA), Observatorio Género y Equidad, Académicas/os Universidad de Chile, Académicos/as Universidad Diego Portales, Fundación Heinrich Böll- Oficina Regional Cono Sur, Fondo Alquimia, Observatorio de Equidad de Género en Salud, Coordinadora Autonóma conta la Violencia,Paula Sáez Arellano, Gloria Maira, economista y ex Subsecretaria de SERNAM, Rubí Maldonado, Instituto Chileno de Medicina Reproductiva (ICMER), Lieta Vivaldi, Abogada Goldsmiths, University of London.

 



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