Sexuality Policy Watch [ES]

Resumen de la Ley de Reforma de la Prostitución de Nueva Zelanda

La Ley de Reforma de la Prostitución (LRP) entró en vigor en Nueva Zelanda en junio de 2003. La LRP despenalizó la prostitución, creó un marco legal para salvaguardar los derechos humanos de las trabajadoras sexuales; promovió el bienestar y la salud laboral y la seguridad de las trabajadoras sexuales; y prohibió el uso en prostitución de personas menores de 18 años. La LRP estableció también un régimen de certificación para los directores de burdeles y un marco para que las autoridades territoriales pudieran hacer reglamentos.

La LRP está disponible online aquí:
http://www.legislation.govt.nz/act/public/2003/0028/latest/DLM197815.html

A la implementación de la LRP se adjuntó un proceso de revisión a los cinco años y se estableció el Comité de Revisión de la Ley de Prostitución (CRLP) para llevar a cabo esta revisión. Sus conclusiones pueden verse en:
http://www.justice.govt.nz/prostitution-law-review-committee/publications/plrc-report/tables.html?search=true

El CRLP reconoce que la LRP fue un cambio desde un enfoque moralista de la prostitución a un enfoque de salud y derechos humanos. Su informe estuvo sustentado en una investigación basada en la evidencia, recurriendo a la investigación del Centro de Investigación Crimen y Justicia (CICJ) de la Universidad Victoria, de Wellington (Nueva Zelanda) y de la Escuela de Medicina de Christchurch (EMC), de Christchurch (Nueva Zelanda).

Las entrevistas con los informantes clave del CICJ para la Revisión de la Ley de Reforma de la Prostitución 2003 pueden verse aquí:
http://www.justice.govt.nz/prostitution-law-review-committee/publications/key-informant-interviews/index.html

El informe de la EMC sobre el efecto de la Ley de Reforma de la Prostitución sobre las prácticas de salud y de seguridad de las trabajadoras sexuales puede verse aquí:
http://www.justice.govt.nz/prostitution-law-review-committee/publications/impact-health-safety/.

Este resumen de la LRP está basado en el Informe del Comité de Revisión de la Ley de Prostitución sobre el funcionamiento de la Ley de Reforma de la Prostitución, 2003, del CICJ, y resalta los siguientes aspectos: LRP y derechos humanos; salud, seguridad y bienestar de las trabajadoras sexuales; salida de la industria del sexo; el sistema de certificación del director de burdel; el uso de menores de edad en la prostitución; las trabajadoras sexuales de calle; la respuesta de las autoridades territoriales a la LRP; y las condiciones laborales de las trabajadoras sexuales.

LRP y derechos humanos:

La LRP salvaguarda el derecho de las menores de 18 años a no ser utilizadas en el trabajo sexual; el derecho de las adultas a no ser forzadas a hacer trabajo sexual, incluyendo el derecho a rehusar un cliente en particular o una práctica sexual determinada; y el derecho a no verse sometidas a prácticas de empleo explotadoras. La comisión de investigación para la revisión halló que el 90% de las trabajadoras sentían que ahora tenían derechos legales bajo la LRP y más del 60% sentían que les era más fácil negarse a proporcionar servicios sexuales comerciales. La LRP ha empoderado a las trabajadoras sexuales al eliminar la ilegalidad de su trabajo, permitiéndolas así acceder con más libertad a la ayuda de la policía y a los procesos de resolución de empleo.

Salud, seguridad y bienestar de las trabajadoras sexuales:

La LRP trajo a la industria del sexo al ámbito de la Ley de Salud y Seguridad en el Trabajo, 1992. La investigación señala que existe un alto nivel de conciencia de los requisitos de Salud y Seguridad Ocupacionales (SSO) en la industria del sexo, pero que no se puede medir su cumplimiento ya que no existe un sistema de inspecciones regulares de los burdeles por funcionarios médicos de salud y por el Departamento de Trabajo. La mayoría de las trabajadoras sexuales entrevistadas por la EMC dijeron que ahora se sentían más predispuestas a denunciar a la policía incidentes de violencia.
Los directores de burdeles deben adoptar y promover ahora prácticas sexuales más seguras. Si se encuentra que no han tomado todas las medidas razonables para asegurar que los servicios de sexo comercial cuenten con preservativos u otros métodos de barrera apropiados, o no han proporcionado la correcta información sanitaria, pueden ser sentenciados a una multa que no exceda de $2.000. (Al Colectivo de Prostitutas de Nueva Zelanda le preocupa que esta disposición pueda ser usada contra las trabajadoras sexuales).

Entrada y salida de la industria del sexo:
De acuerdo con la investigación, las razones para entrar y salir de la industria del sexo son diversas y complejas, aunque la razón que se expresó con más frecuencia para entrar en la industria de sexo fue financiera: 93% de las trabajadoras sexuales encuestadas por la EMC mencionaron el dinero como una razón tanto para entrar como para permanecer en la industria del sexo. Las barreras más significativas para salir de la industria del sexo son la falta de ingresos alternativos, el rechazo a perder el horario laboral flexible, y el sentimiento de pertenencia y camaradería que declaran algunas trabajadoras sexuales. Hasta el momento no se ha desarrollado ningún modelo de mejor práctica para ayudar a las trabajadoras sexuales a dejar la industria del sexo.

El sistema de certificación de director de burdel:
Todo director de un negocio de prostitución debe tener un certificado expedido según lo establecido en la sección 35 de la LRP; cualquier persona que no tenga dicho certificado y esté dirigiendo un burdel está sometido a una condena y multa que no exceda los $10.000. Los certificados se obtienen en el Registro del Juzgado de Distrito de Auckland (Nueva Zelanda) y son válidos por tres años. Diversas delitos identificados en la Ley (Subsección 2 de la sección 36) descalifican a las personas que los hayan cometido para obtener un certificado de director de burdel. El CRLP concluyó que el actual régimen de certificación de burdel es efectivo, aunque sugirió que se añadiera un criterio al proceso, según el cual toda persona que tuviera el certificado deberia estar dispuesto a facilitar la inspección por el Departamento de Trabajo de los burdeles que regente. (El Colectivo de Prostitutas de Nueva Zelanda está preocupado porque el sistema de certificación es demasiado restrictivo y hace que solo unas pocas personas puedan conseguir certificados). La certificación no se aplica a los burdeles dirigidos por pequeños propietarios, (BDPP), definidos por la LRP como aquellos burdeles en los que no trabajan más de cuatro trabajadoras sexuales y en los que ellas mismas controlan sus ingresos.

El uso de menores de edad en la prostitución:
La LRP tipifica como delito organizar o acoger, o facilitar o recibir un pago por los servicios de sexo comercial de una persona menor de 18 años. No comete delito la persona menor de 18 años que proporcione servicios de sexo comercial. La LRP ha proyectado luz sobre este tema, y parece que solo 1,3% del total de trabajadoras sexuales es menor de 18 años, y que muy pocas personas jóvenes que pueden ser consideradas “de riesgo” están implicadas en trabajo sexual. Lo más importante es que las trabajadoras sexuales menores de 18 años ya no son procesadas por su implicación en el trabajo sexual.

Trabajadoras sexuales de calle:
El sector de trabajo sexual localizado en la calle constituye el 11% de la industria del sexo, y es el sector más pequeño de dicha industria.
La investigación encontró que el número de trabajadoras sexuales de calle ha permanecido estable desde la implantación de la LRP. El CICJ ha sugerido una respuesta en tres frentes a los problemas potenciales con el trabajo sexual de calle: medidas proactivas tomadas por los gobiernos locales tales como la provisión de iluminación y limpieza de calle, la presencia de policía para prevenir las conductas desordenadas y servicios adecuados proporcionados por las ONGs.

Respuesta de las autoridades territoriales a la LRP:
La encuesta hecha por la EMC a las Autoridades Territoriales en relación al impacto de la LRP, ha encontrado que las Autoridades Territoriales no han tenido problemas con la industria del sexo y han recibido pocas quejas. Poco después de la instauración de la LRP cierto número de Autoridades Territoriales establecieron ordenanzas municipales o hicieron cambios en sus planes de distrito en relación al trabajo sexual comercial. Estas Autoridades Territoriales han impuesto un sistema de licencias, tanto para los burdeles grandes como para los dirigidos por pequeños propietarios, (definidos estos como aquellos en los que no trabajan más de cuatro trabajadoras sexuales que, además, controlan sus ingresos). Ha habido preocupación porque estas medidas pudieran potencialmente recriminalizar a aquellas trabajadoras sexuales que, por diversas razones, no pudieran adaptarse a ellas. Ciertos puntos de algunas de estas ordenanzas municipales, en particular los relativos a la localización de los burdeles, han sido derogados desde entonces, ya que se vio que violaban la LRP.

Condiciones de trabajo de las trabajadoras sexuales:
Para los fines del Departamento de Seguridad y Salud en el Trabajo (DSST), una trabajadora sexual está “activa” cuando está proporcionando servicios sexuales. Se han desarrollado guías de seguridad y salud por parte del DSST, previa consulta con el Colectivo de Prostitutas de Nueva Zelanda, las trabajadoras sexuales y los directores de burdeles.

Estas guías están disponibles aquí: http://www.osh.govt.nz/order/catalogue/235.shtml

La situación de ilegalidad de las actividades relacionadas con el trabajo sexual con anterioridad a la implantación de la LRP hacía que las trabajadoras sexuales se vieran expuestas a coacción y explotación por sus empleadores. El CICJ afirma que “la implantación de la LRP ha empoderado a las trabajadoras sexuales al quitar de su ocupación el tinte de criminalidad”. Los estudios indican que tras la LRP ha habido cierta mejora en las condiciones de empleo de las trabajadoras sexuales. El CICJ sugiere que, a la vez que deberían desarrollarse modelos de buena práctica de contratos de empleo para la industria del sexo, también es importante mantener un enfoque flexible del estatus de empleo. Algunas trabajadoras sexuales pueden preferir la seguridad del estatus de empleada y otras la flexibilidad del estatus de contratante independiente. Es necesario más trabajo para elaborar modelos de buena práctica en relación al empleo, y las condiciones de salud y seguridad, consultando con el Colectivo de Prostitutas de Nueva Zelanda, las trabajadoras sexuales, los directores de burdeles, el Departamento de Trabajo y el DSST.

Fuente: https://elestantedelaciti.wordpress.com/2015/10/16/resumen-de-la-ley-de-reforma-de-la-prostitucion-de-nueva-zelanda/



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