Alejandra López*
La ley finalmente promulgada por el Poder Ejecutivo, Ley Nº 18.426, del 1º de diciembre de 2008, se modificó sustantivamente en su alcance, contenidos y propósitos, al no incluir la despenalización del aborto, que era el objetivo original de este proyecto y de todas las anteriores iniciativas legislativas anteriores. Las observaciones establecidas por el Presidente de la República con la firma de la Ministra de Salud Pública, Dra. Maria Julia Muñoz, no pudieron ser levantadas por los 3/5 de la Asamblea General reunida el 20 de noviembre de 2008, si bien hubo mayoría en contra de estas disposiciones. Esta recoge las medidas programáticas, normativas y guías clínicas en distintos componentes de la salud sexual y reproductiva que se están implementando en Uruguay desde el año 1996.
Si bien no es despreciable la obtención de un marco legal que promueva la continuidad de estas prestaciones «blindándolas» frente a posibles cambios de gobierno en la vida democrática del país, la ley promulgada no avanza en mejorar los alcances de la salud sexual y reproductiva, no supera los cometidos de las políticas ya existentes, ni define con claridad las obligaciones de las distintas instituciones que deberían involucrarse y responsabilizarse para garantizar su reglamentación e implementación. Lo más importante de señalar es que esta ley no modifica la situación de la práctica del aborto en el país ya que éste sigue siendo un delito en todas las circunstancias tal como lo establece la ley vigente de 1938. Con este resultado no se ofrece ninguna respuesta concreta para atender directamente esta problemática, motivo principal que movilizó el debate que ya lleva tantos años a nivel social como legislativo, dejando una ley que no cumple con los objetivos, alcances y cometidos para la cual fue originalmente creada.
El debate social y público ha adquirido densidad y extensión como nunca antes en Uruguay. La ampliación e involucramiento de la base ciudadana de apoyo a estos asuntos representa una transformación de los pactos sociales que deberá reflejarse en las decisiones políticas a través de un cambio de legislación, a corto o mediano plazo. La sociedad uruguaya se ha permitido hablar con mayor apertura de estos temas, que habían transitado fundamentalmente por lo «que no se dice». Este cambio cultural es el resultado de una sostenida acción de actores sociales, que potenciaron su capacidad y disposición para construir nuevos consensos en torno a la defensa y respeto del derecho de las personas a decidir sobre su capacidad reproductiva y vida sexual, sin discriminaciones de ningún tipo.
En la medida que la igualdad de oportunidades en la vida nacional es un tema directamente relacionado con los Derechos Humanos, es el Estado y los gobiernos que lo gestionan, los que tienen un papel fundamental en la promoción, respeto y generación de garantías para que todas las personas puedan decidir libremente sobre la construcción de sus destinos y participar en la transformación de la sociedad para hacerla cada vez más inclusiva, integradora y democrática.
Uruguay se encamina en el año 2009 a elecciones nacionales para definir nueva administración de gobierno y nuevo parlamento (octubre / noviembre de 2009). La agenda integral de la salud sexual y reproductiva ya está instalada en el debate de los pre-candidatos de los distintos partidos políticos. El Congreso del Frente Amplio (20-21 de diciembre de 2008) ha reiterado la posición de mandatar a sus legisladores a avanzar en marcos normativos y programáticos en salud sexual y reproductiva y a presentar un proyecto que despenalice el aborto, en la próxima legislatura. Otros sectores, en particular los pre-candidatos del Partido Nacional han hecho pública su posición en contra de la despenalización. La campaña electoral ya comenzó y si bien el año clave será el 2009 en términos de debate político, ya se comienzan a perfilar las posturas en torno a esta agenda.
* Alejandra López Gómez es directora ejecutiva de MYSU – Mujer y Salud en Uruguay (www.mysu.org.uy)